Cinco pasos desde el momento en que te toca hasta la Renta del año siguiente, para que el premio no se convierta en un problema de dinero.
Da igual si el premio son 5.000 € en un concurso, un coche de 25.000 €, una casa o un sueldo mensual de por vida: en España todo premio se declara y casi siempre se paga impuesto. Estos son los pasos, en orden, y lo que conviene hacer en cada uno.
¿Acabas de ganar algo? Empieza por el paso 2: calcula el impuesto antes de gastar o vender nada. Es el error más caro que se comete con los premios.
La pregunta clave no es cuánto has ganado, sino quién organiza el premio:
En los premios en especie (coche, casa, viaje, electrodomésticos) Hacienda no valora lo que tú habrías pagado, sino el valor de mercado del bien. Ese es el número que aparece en tu Renta.
Si el premio no está exento, el impuesto aproximado es el valor del premio multiplicado por tu tipo marginal del IRPF. Esta tabla te da el orden de magnitud:
| Premio | Si tu marginal es 30% | Si es 37% | Si es 45% |
|---|---|---|---|
| 5.000 € | 1.500 € | 1.850 € | 2.250 € |
| 10.000 € | 3.000 € | 3.700 € | 4.500 € |
| 25.000 € | 7.500 € | 9.250 € | 11.250 € |
| 50.000 € | 15.000 € | 18.500 € | 22.500 € |
| 100.000 € | 30.000 € | 37.000 € | 45.000 € |
| 300.000 € | 90.000 € | 111.000 € | 135.000 € |
| 1.000.000 € | 300.000 € | 370.000 € | 450.000 € |
Es una estimación orientativa: tu tipo marginal depende de tu sueldo, de tus otras rentas y de la comunidad autónoma en la que declares. Para el número exacto, usa la calculadora de premios netos.
Si el premio es de lotería oficial, el 20% ya se ha retenido al pagarte, así que la retención se descuenta de tu factura final en la Renta.
Antes de firmar la entrega del premio, pide por escrito:
Reserva entre el 20% y el 45% del valor del premio en el momento en que lo recibes. El impuesto no se paga al ganar: se paga en la Renta del año siguiente, en la campaña de abril a junio. Un premio cobrado en 2026 se declara en la Renta de 2027.
Ahí está el problema de los premios en especie: recibes un bien, no dinero, pero el pago a Hacienda se hace en efectivo. En la práctica son los premios que más disgustos dan, porque obligan a vender el bien o a pedir financiación.
Los premios no exentos se incluyen en tu declaración de IRPF: como ganancia patrimonial cuando vienen de concursos y rifas, o como rendimiento en especie cuando el sorteo lo organiza una empresa o una marca. La empresa que entrega el premio informa a Hacienda, así que el dato ya está en tus datos fiscales aunque no practique retención.
Guarda el certificado, la valoración y los justificantes durante al menos cuatro años: es el plazo durante el que Hacienda puede revisar la declaración.
Cada tipo de premio tiene sus particularidades, y algunas cuestan más que los impuestos:
Puedes renunciar al premio antes de aceptarlo por escrito si las bases lo permiten, vender el bien recibido o financiar el pago. Una vez aceptado el premio, la obligación fiscal se mantiene aunque no cobres dinero en efectivo.
El premio se declara en la Renta del año siguiente al que lo recibes, en la campaña que va de abril a junio. Si te toca en 2026, lo declaras en la Renta de 2027.
No. El IRPF del premio lo paga el ganador. La retención del 20% de la lotería oficial o el ingreso a cuenta que practique la empresa se descuentan de lo que te corresponde pagar, pero el impuesto es tuyo.
Sí. Los premios de sorteos de redes sociales o de marcas se consideran una renta más: tributan del 19% al 47% en el IRPF y no tienen mínimo exento de 40.000 €.
Para que varias personas tributen por el premio, todas deben figurar como titulares del boleto o del premio desde el principio. Repartir el dinero después es una donación, con su propio impuesto.
Sí. Conserva el certificado o acta de entrega, la valoración del premio y el justificante de la retención durante al menos cuatro años: Hacienda puede pedirlos en una comprobación.